domingo, diciembre 22, 2024
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Delegada de Comisión de Búsqueda dejará el cargo a petición de colectivos de desaparecidos

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La Comisión Estatal de búsqueda de Veracruz lleva más de tres años sin el nombramiento de un titular, luego de la renuncia en 2019 de Geiser Caso Mollinari, quien presentó su renuncia tras dos meses de su llegada. 

En su lugar fue nombrada como encargada de despacho, Brenda Cerón Chagoya, quien tenía como ofició la organización de eventos, quien sigue en el cargo hasta la fecha.

Este jueves, después de cerrar el centro por dos días para obligar a una reunión con el gobernador Cuitláhuac García Jiménez se reunió con los Colectivos de Búsqueda, con quienes se acordó que el mes próximo el gobierno del Estado tendrá que lanzar la convocatoria para nombrar a un titular.

El proceso de designación está plasmado en la ley, por lo que se tendrá que llevar un proceso de selección que se podría prolongar por algunas semanas para valorar al nuevo titular de la Comisión de Búsqueda.

El actual gobierno emitió una declaratoria de emergencia por la desaparición de personas, sin embargo, la Secretaría de Gobierno, a cargo de Eric Cisneros -en su momento- fue omisa en emitir la convocatoria.

El gobernador Cuitláhuac García Jiménez comentó que en el pasado se emitieron dos convocatorias y se declararon desiertas, lo que motivó que se nombrara a una encargada de despacho para hacerse cargo de la operación de la Comisión de Víctimas de reciente creación.

“Vamos a hacer el esfuerzo, y esperamos que la comisión evaluadora tome en cuenta que tuvimos que recurrir a la figura que, dentro de mis atribuciones, me permite echar andar el trabajo”.

Según la ley, para ser comisionado de Búsqueda se requiere: ser ciudadana o ciudadano veracruzano con residencia efectiva no menor a dos años en la entidad o mexicano con vecindad no menor a cinco años en el Estado.

No haber sido condenado por la comisión de un delito doloso o inhabilitado como servidor público; contar con título profesional; no haber desempeñado cargo de dirigente nacional o estatal en algún partido político, dentro de los dos años previos a su nombramiento.

Tampoco deben haberse desempeñado destacadamente en actividades profesionales, de servicio público, en la sociedad civil o académicas relacionadas con la materia de esta Ley, por lo menos en los dos años previos a su nombramiento.

Además, debe tener conocimientos y experiencia en derechos humanos y búsqueda de personas, entendimiento de la complejidad de la desaparición de personas y, preferentemente con conocimientos en ciencias forenses o investigación criminal, búsqueda en vida y experiencia en búsqueda de personas en campo.

Delegada de Comisión de Búsqueda dejará el cargo a petición de colectivos de desaparecidos

Para la selección de la persona titular de la Comisión Estatal de Búsqueda, la Secretaría de Gobierno deberá emitir una convocatoria pública y abierta en la que se incluya los requisitos y criterios de selección.

Además, tendrá que existir un mecanismo a través del cual la sociedad civil presente candidatos para ocupar el cargo.

Para el nombramiento, la Secretaría de Gobierno deberá realizar una consulta pública previa con los colectivos de víctimas, personas expertas y organizaciones de la sociedad civil especializadas en la materia.

Se tendrá que conformar de un órgano técnico de consulta que deberá estar integrado por una persona representante de la Secretaría de Gobierno, una persona representante de Fiscalía General, dos personas representantes de academia, dos personas representantes de la sociedad civil y una persona representante de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

El órgano técnico de consulta revisará y verificará que cumplan con los requisitos contemplados en esta Ley y requerirá a las personas candidatas, que hayan cubierto los requisitos, una propuesta de plan de trabajo.

A través de la evaluación se revisará y verificará los perfiles para la titular de la Comisión de Búsqueda; conocimientos y experiencia en derechos humanos, búsqueda de personas y lo relacionado a las atribuciones de la Comisión Estatal de Búsqueda; asimismo se revisará el plan de trabajo propuesto; después de una evaluación se emitirá un informe con los resultados de las evaluaciones.

La Secretaría de Gobierno hará público el nombramiento de la persona titular de la Comisión Estatal de Búsqueda, acompañada de una exposición fundada y motivada sobre la idoneidad del perfil electo.

Con información de AVC Noticias

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