Mientras la autoridad fiscal no emita una nueva regla, los contribuyentes que fueron retirados del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) han pasado en automático al régimen de la Actividad Empresarial y Profesional, en donde ahora deberán cumplir otro tipo de obligaciones fiscales como deducciones, el Impuesto Sobre la Renta (ISR), y en su caso IVA, lo que complicará sus operaciones, señaló Ramón Ortega Díaz, expresidente del Colegio de Contadores de Veracruz.
Refirió que hasta el mes de octubre el Sistema de Administración Tributaria (SAT) estuvo recordando a los contribuyentes del Resico sobre la cobertura de sus obligaciones, pero muchos hicieron caso omiso, y en noviembre- diciembre, al realizar un barrido, a quienes no cumplieron los migró hacia la Actividad Empresarial y Profesional.
El especialista recordó que el Resico entró en vigor en enero del 2022 precisamente para simplificar a los micro, pequeños y medianos empresarios el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Explicó que un contribuyente que estaba en el Resico y que durante todo el año no tuvo comprobantes, al cambiar de régimen ahora le saldrá una cantidad a pagar.
Analizó que muchos de los contribuyentes del RESICO, por ser empresas de tipo familiar que no tienen tanta vida económica, carecen de asesores o contadores y con frecuencia no llevan correctamente la contabilidad de sus obligaciones fiscales.
Expulsados a inicio de año del RESICO, probablemente no se han dado cuenta
Consideró que por el inicio del año tal vez algunos de los que fueron expulsados del Régimen Simplificado de Confianza no se han dado cuenta de ello, y lo sabrán cuando en febrero venga la declaración en turno.
“Ahora tienen que recalcular sus pagos de impuestos que serán mucho mayores de los que iban a pagar y lo que estaba diseñado para que fuera algo simplificado, se está volviendo complicado”, matizó.
Destacó que en la resolución de miscelánea del SAT para este año se esperaba que hubiera una regla que pudiera suavizar un poco el cambio de régimen, pero no hubo tal, ahora deberán enfrentar esta situación, o hasta que venga un acto de requerimiento y algunos puedan recurrir a un medio de defensa.
“Desde que se empezó a mencionar que no se requiere Contador para cumplir con ciertas obligaciones, se cae en esa situación de no asesorarse correctamente o allegarse a los canales de atención que tiene la misma autoridad”, comentó Ortega Díaz.
Recomendó a quienes enfrenten esta situación del cambio de régimen, acercarse con profesionales de la contabilidad, a la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), o con la autoridad fiscal para que vean precisamente el cambio, la guía de obligaciones de cómo se está ante el SAT, de no corregirlo, se pueden hacer acreedores a multas y será mucho más complicado.
“No hay por ahora alguna regla que lo suavice, está muy claro en la legislación, si no cumplen con sus obligaciones cambian de régimen”.
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