Tras la detención de Enrique N, el presunto autor material del homicidio del joven Brando Arellano en Lerdo de Tejada, se espera que la justicia siga avanzando y que se aplique también la ley a la Síndica de ese municipio, María Esther Arroniz López, ya que se presume el incumplimiento de la Ley Orgánica del Municipio, con el ejercicio indebido del servicio público, al ocupar la función de presidenta municipal, cargo para el cual no ha sido ratificada por el Congreso del estado, señaló el abogado Tomás Mundo Arriasa, asesor jurídico de la familia Arellano Cruz.
En entrevista, destacó la importancia de la detención del policía Enrique N, presunto autor material del asesinato de Brando el pasado 19 de enero en Lerdo de Tejada, pero consideró que “lo que sigue es comprobar la responsabilidad de la síndica de Lerdo de Tejada, en funciones de presidenta, sin tener la ratificación legal del Congreso, todo lo cual ha llevado a la ingobernabilidad en ese municipio”, anotó.
Consideró que la síndica tiene responsabilidad porque bajo su mando en funciones de alcaldesa dio el cargo a los policías que dispararon sus armas y acabaron con la vida de Brando, de 27 años
Insistió en que la conducta de la síndica, la cual ha sido denunciada por la familia de Brando, estaría incurriendo en el ejercicio indebido del servicio público previsto en el Código Penal, el cual se castiga con cárcel.
Explicó que se ha solicitado al Congreso una serie de elementos que van a probar que ella ilegítimamente está detentando un cargo para el que legalmente no ha cumplido los requisitos.
“Para ello se está pidiendo al Congreso una serie de pruebas que deben estar en la Legislatura para poder acreditar que ella es la legítima representante de Lerdo, y si no existen esas pruebas por supuesto que ella ilegítimamente está detentando un cargo para el cual no reúne los requisitos”, puntualizó.
Sostuvo que esos cargos ya los ratificó la familia, ya se está integrando la carpeta, ya hay algunos oficios y esta semana se le pedirá al Congreso del estado que mande la información que se está pidiendo a la Fiscalía.
Indicó que está previsto en la Ley Orgánica del Municipio Libre, en los Artículos 24 y 25, que señalan que las ausencias de los presidentes municipales sólo las podrán cubrir por 60 días máximo a quien se designe para ello.
Pero si se sobrepasa ese término, el Congreso deberá decidir a quién designar como sustituto del ayuntamiento que deberá seguir al frente.
No obstante, señaló el abogado, la Síndica de Lerdo lleva ya dos años en funciones de presidenta, sin el nombramiento respectivo.
“Entonces la muerte de Brando deriva en una serie de irregularidades, ilegalidades y ese vacío de poder que hay en Lerdo propiciado por alguien que ostenta un cargo sin ser ratificado”, subrayó.
Expuso que sin bien los que mataron a Brando ya están en la cárcel, algunos no tuvieron nada que ver y fueron exonerados, pero hay cuatro detenidos.
Ahora, insistió, hay que ver el estatus de la síndica y éste es que ella está ocupando un cargo para el que no ha sido ratificada por el Congreso del estado.
“Vamos a acreditar que está dentro de la hipótesis que prevé el Código Penal que es el ejercicio indebido del Servicio Público y que amerita una sanción privativa de la libertad”, matizó.
Advirtió que la familia de Brando no va a parar hasta que todos los que tengan responsabilidad en la muerte de su hijo terminen en la cárcel, incluyendo la síndica.
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